Las medidas de protección colectivas protegen a un grupo de trabajadores expuestos a un riesgo de forma simultánea, puesto que son barreras artificiales provisionales, intercaladas entre la superficie de trabajo y el suelo, con el fin de evitar la caída de los empleados o de los materiales.
Existen diferentes tipos y modelos de protecciones colectivas, entre ellas tenemos: la marquesina, las barandillas, el mallado y los andamios perimetrales, todos estos sistemas de protección deben ser suficientemente resistentes para proteger a todo y a todos de los riesgos que se deseen evitar. Cada protección es adecuada para un tipo de riesgo y debe utilizarse la más adecuada para la situación y no deben retirarse mientras todavía exista el riesgo de algún accidente.
Existen riesgos que no se pueden evitar o reducir suficientemente por las distintas protecciones, en estos casos la empresa tiene la obligación de proporcionar a sus trabajadores equipos de protección individual (EPI), estos EPI protegen a un solo trabajador y son implementos o herramientas que se aplica sobre el cuerpo.
Esta es una medida complementaria a la colectiva, nunca sustitutiva, se pueden utilizar las dos juntas y hasta más implementos anti caídas como las líneas de vida seguridad que son conocidas como la última barrera entre el hombre y el riesgo.
¿Qué requisitos debe cumplir un EPI?
Los EPI deben ser del material adecuado y debe tener el grado de protección necesario, aparte de ser ergonómico y cómodo para que no le impida al trabajador realizar movimientos y adoptar las posturas necesarias para su trabajo, además de ser compatible con otros EPI y disponer de instrucciones de uso y de fecha de caducidad.
Los equipos más utilizados son: el casco antirruido, la protección facial, las mascarillas, los guantes y las botas de seguridad con punta de acero.